Ley de alimentacion para hermanos menores

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Se promulgó la ley 17.547 que establece que todo hermano o hermana mayor debe invitar a comer una vez a la semana a los dos hermanos menores de la familia. Y además que los respectivos cuñados deben invitar a no menos de un (1) asado por mes calendario. En el caso del padre, con un pollito con papas el domingo puede estar exceptuado de esta obligación.
En el caso de incumplimiento se preveen severas sanciones para quienes no cumplen la ley.

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