Por Ley luego de 3 años de convivencia, corresponde el 50 de los bienes

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A partir del mes de Marzo de 2016, a todas aquellas convivientes de más de tres años les corresponderán el 50 de los bienes del marido. Sea material o cuentas bancarias. Dejando de lado el Art. 32 del Nuevo Código Civil.
Si el cónyuge se retira del domicilio, más aún habiend hijo de por medio, quién tendrá la patria potestad y uso del inmueble será la mujer, y así garantizar la calidad de vida de los hijos.

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