Por ley, se podrá tener un solo ahijado.

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Luego de una ajustada votación, la Cámara de Senadores aprobó un particular proyecto que obligará a los argentinos a tener, como máximo, un ahijado. Como la ley se aplicará en forma retroactiva, afectará todos los casos anteriores a su promulgación. Así, y partir del 1 de marzo del año vigente, los padrinos y madrinas que actualmente tengan más de un ahijado o ahijada, deberán presentarse en el registro civil ante el oficial de justicia para comunicar la elección del sobrino cuyo apadrinamiento/amadrinamiento desean conservar. La curiosa medida ha sido tomada en respuesta a un estudio realizado por la Facultad de Humanidades de la UBA, donde se constató que la tarea de apadrinar/amadrinar a una persona, resulta una tarea de elevada responsabilidad y dedicación, que sólo puede concretarse plenamente si se realiza en forma exclusiva.
Más allá de lo controvertido de la ley y las polémicas desatadas, los legisladores aseguran que no tardará en incrementar la cercanía entre padrinos/madrinas y ahijados, en un desenlace indudablemente provechoso para la familia.

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