Ahora las ahijadas mantendrána alas madrinas...

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La ley 234983 aprobada el pasado 01 de Febrero de 2016 en su artículo nro. 1 establece que: Toda ahijada mayor de edad y económicamente solventable deberá mantener económicamente y velar por su integridad física a quien fuere su madrina. Esto incluye alimentos, gastos varios, vestimenta, ocio, farmacia y cualquier otra contingencia hasta la muerte los separe. El artículo 2 mientras tanto determina que si la madrina estuviere casada y/o en pareja, concubinato o cualquier otra relación, esta deberá ser beneficiario también de lo estipulado en el artículo 1ro. El artículo 3, agrega que si la ahijada no puede hacer frente a los costos que esto demanda, deberá solicitar la ayuda de sus hermanas/os cuñadas/os, etc.

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