Indemnizacion del conyuge por cuidados (Ley 25.324)

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Se ha publicado finalmente, en el Diario Oficial, la ley de la República Nro. 25.324, aprobada con fecha 30 de Abril de 2016 por el Senado de Chile, la cual obliga al cónyuge a indemnizar económicamente a su pareja si en los últimos 60 días ha recibido, producto de accidente, los cuidados de su pareja.
Este pago, detalla esta Ley, puede ser en dinero en efectivo o su equivalente en repostería y postres varios, sin que para esto pase mas de 60 días corridos una vez recuperado de la lesión originada del accidente.

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