Quedan prohibidos los sobrenombres y calificativos para los musicos en Colombia. Fuente: Presidencia de la republica .

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La terminologia en el ambito musical es cada vez mas deplorable. Para prevenir esto dados los cientos de casos que se han presentado acompañados de demandas, el estado Colombiano resuelve en su articulo 466 del paragrafo 78 , titulado respeto al musico, la total prohibicion de los terminos ; zonas, voy, mija, sopas, perrito, papi, chisga, matado, entre otras, y castigar al que incurra en dicha terminologia a penas que van desde 3 meses hasta 12 años de prision, como multas que podran llegar a los $10.000.000
Esta ley comenzo a regir en la republica de Colombia desde hoy 26 de mayo de 2016
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