A PARTIR DE ENERO DEL 2017 LAS MUJERES DEBEN PRESTAR EL SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO EN COLOMBIA

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A PARTIR DE ENERO DEL 2017 LAS MUJERES DEBEN PRESTAR EL SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO EN COLOMBIA

De Conformidad Con La Ley 48 De 2016 En Su Título Ii - Capítulo I - Artículo 10. todo ciudadano entiéndase varón o mujer colombiano(a) está obligado a definir situación militar a partir de la fecha en que cumpla su mayoría de edad, incluyendo a los estudiantes de bachillerato, quienes definirán su bachillerato cuando salgan del cuartel. Lo estipulado en la ley 48 / 1993. Artículo 13. Modalidades prestación servicio militar obligatorio. El gobierno podrá establecer diferentes modalidades para atender la obligación de la prestación del servicio militar obligatorio. Continuarán rigiendo las modalidades actuales sobre la prestación del servicio militar: A. Como Soldado Regular, De 18 A 24 Meses. B. Como Soldado Bachiller, Durante 12 Meses. C. Como Auxiliar De Policía Bachiller, Durante 12 Meses. D. Como Soldado Campesino, De 12 Hasta 18 Meses.

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