Visto bueno del PSOE, PODEMOS y CIUDADANOS a la modificación de la reciente Ley de Tráfico, que endurece la normativa para circular en bici.

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Reunido el Pleno de la Mesa Normativa respecto al tráfico dependiente de la Comisión de Industria, Energía y Turismo del Congreso de los Diputados y con mayoría del PSOE, PODEMOS, CIUDADANOS y abstención del PP, se ha aprobado de forma definitiva la modificación de la reciente Ley de Tráfico, que endurece la normativa para los usuarios que circulen en bici, una normativa que entrará en vigor un mes después de su aprobación y publicación en el BOE y que sus autores prevén que sea a mediados de 2017.

En las propuestas estrella a modificar se encuentran el hacer obligatorio el uso del casco de la bicicleta a todos los usuarios sean mayores o menores de edad (actualmente solo obliga a los menores de 16) en ciudad y fuera de ciudad, incluso si transitan por tierra (este punto va enfocado al aumento de la afición por la BTT), subiendo hasta los dos mil euros la multa por su incumplimiento.

EL CASCO Y USO DE LA BICI Y VELOCIDADES
Con la futura normativa, el casco para ciclistas pasará a ser obligatorio simple y llanamente en el mismo momento que uno/a usuario/a se suba a ella. El Gobierno plantea dejar este punto como está actualmente, si bien se consigue rebajar la multa de los cuatro mil euros que quieren los promotores de la norma a los dos mil, tras un pacto entre PP y CiU.
Respecto a las nuevas modificaciones a introducir por PSOE, PODEMOS y CIUDADANOS y pendiente de desarrollar, será el endurecimiento en las sanciones para aquellos usuarios de bicis que circulen por las aceras sea cual sea la anchura de esta, los que no lleven luces delanteras y traseras (se pretende que sea obligatorio incluso de día), que no lleven prenda reflectante y la que más polémica que seguro va a suscitar entre los colectivos de ciclistas, y es que incluso en los carriles bici que discurren por las aceras, los peatones tengan preferencia de paso.
A su vez, esta normativa contempla que volverá a haber un cambio en las velocidades máximas y mínimas autorizadas para la circulación de vehículos, rebajando de nuevo a los 120 kilómetros por hora en algunos tramos de carreteras y autovías, y reduciendo a 50 kilómetros por hora la velocidad máxima en todas las carreteras secundarias.
Eso sí, en el texto tramitado no se especifica cómo se fijarán estos límites y se remite al Reglamento General de Circulación posterior que desarrolle esta ley. Los lugares con prohibiciones u obligaciones específicas de velocidad serán señalizados, según indicará el proyecto de ley.
NIÑOS EN LOS VEHÍCULOS
Se vuelve a sustituir el peso y la edad por la talla a la ahora de obligar a utilizar los sistemas de retención infantil (SRI), que serán preceptivos para los menores que midan hasta 1,50 metros. En cualquier caso, no podrán viajar en los asientos delanteros aunque utilicen un SRI, salvo que todos los traseros estén ocupados por otros menores.
Se podrá inmovilizar el vehículo si no se hace uso del dispositivo de retención infantil.
VELOCIDAD
La reforma de la Ley abre la puerta a reducir de nuevo hasta los 120 kilómetros por hora del límite máximo en determinados tramos de autovías y autopistas y a reducir hasta los 50 km/h la velocidad máxima en las carreteras secundarias, así como a la creación de zonas 20 y 30 en las ciudades. Con motivo de la menor contaminación a velocidades inferiores.
Se prohíben los detectores de radar o de cinemómetros. Su uso será multado con 2000 (actualmente en 200) euros y la detracción de 6 puntos del carné (actualmente en 3). (Los inhibidores ya están prohibidos y multados con 60.000 euros y 9 puntos).
TOLERANCIA CERO A LAS DROGAS
Por conducir bajo los efectos del alcohol la multa será de hasta los 5.000 euros (actualmente en 500). Si se duplica la tasa permitida o se es reincidente ésta ascenderá a dos mil euros. Además, se amplía de 25 días el periodo para pagar las multas con descuento. Eso sí, si se opta por el pago adelantado no se podrán recurrir las sanciones.
Igualmente, se elimina la Conferencia Sectorial de Tráfico y Seguridad Vial y Movilidad Sostenible creada en la anterior Ley por el PP.
Durante la tramitación parlamentaria, también se acordará que los vehículos prioritarios usarán una señal luminosa azul, aunque se trata de otro aspecto que se desarrollará en el Reglamento General de Circulación. Esta normativa establece también que deberán ser objeto de matriculación definitiva en España los vehículos con matrícula extranjera que se utilizan en España por residentes del país, ya que no figuran en el Registro de Vehículos actualmente.
Por último, se incorpora una nueva disposición adicional para incorporar una directiva europea por la que se facilita el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial.
Una nueva vuelta de tuerca para un gobierno del PP en minoría.

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