Indemnización por abandono a prometida(o)

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Según la ley 599 del 15 de febrero del 2016 aprobada por el congreso de la República,la prometida y/o prometido a matrimonio que sea abandonado (a)por su pareja deberán ser indemnizadios por daño moral y daño emergente con la suma equivalente a 42 salarios mínimos vigentes ,esta ley empieza a regir a partir de su expedición.

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