VUELVE EL SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO

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Según anticiparon a la agencia Télam se aprobó la Ley 22.587/16 que a partir de 2017 el Servicio Militar Obligatorio vuelve a la Argentina con algunos cambios importantes. Para la excepción se tomarán en cuenta varios puntos importantes como por ejemplo tipo de actividad de los candidatos, en caso de tener actividad laboral presentar certificados correspondientes por el Ministerio de Trabajo y en el caso de estudiantes Certificado de Estudios avalados por el Ministerio de Educación y Culto, los estudiantes no podrán tener materias por debajo de 7, en caso de que tengan materias bajas podrán optar por hacer dicho Servicio Militar con la compañía de sus padres los cuales serán hospedados en la misma dependencia Militar.

Desde el oficialismo también informaron que la Ley fue analizado por el ministro de Defensa, Julio Martínez, y luego de que le diera su aval, fue derivado por Jefatura de Gabinete a la oficina de Bertol, quien suele ajustar los detalles legales, junto con Pablo Clusellas (secretario Legal y Técnico).

En un guiño al electorado joven, el equipo del subsecretario de Juventud de la Nación, Pedro Robledo, confeccionó la Ley hace dos meses, al advertir que la posibilidad de una conscripción obligatoria aún es una normativa vigente, contenida en la ley 24.429 (llamada ley del Servicio Militar Voluntario).

En los considerandos del anteproyecto -al que tuvo acceso esta agencia-, se explica que en la norma de 1994 técnicamente "el servicio militar obligatorio sigue vigente, puede ser puesto en práctica en tiempos de guerra, crisis o emergencia nacional. Estas condiciones son definidas por las autoridades del Estado en cualquier momento, bajo criterio exclusivo del Poder Ejecutivo".

Según la ley actual, "en caso que el Ministerio de Defensa no cubriera los cupos solicitados con los voluntarios, podría solicitar al Ejecutivo una convocatoria obligada", con previo permiso parlamentario.

"El sistema de sorteo pasó a convertirse (en 1994) en inscripción abierta, para quienes deciden seguir la carrera militar asalariada. Sin embargo, esto no significa que el Servicio Militar no esté vigente, sino que sólo fue suspendido en cuanto a su obligatoriedad. Además, debe señalarse que la conscripción militar obligatoria no ha sido en absoluto abolida", consigna el anteproyecto.

Por lo tanto, se le pide al Congreso con esta iniciativa en su artículo 1 derogar los artículos 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29 y 33 de la ley 24.429, desterrando "la mera posibilidad de volver a caer en errores pasados, como puede ser cercenar derechos humanos intrínsecos como la libertad física y psíquica de la libre elección personal del propio destino".

El artículo 2 del borrador propone incorporar un artículo 29 bis a la 24.429 en el que se determina que "en caso que se decrete conflicto armado de carácter internacional, se le permite al Poder Ejecutivo, previa conformidad del Congreso, convocar a aquellos soldados voluntarios que habiendo sido dados de baja, integren la reserva".

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